Zona Centro-Chile (A.G.)
Abanderado José Ignacio Ibieta N° 515 Rancagua - Chile
¿Que es?Es una base de datos (en proceso de construcción), más fidedigna y completa de los profesionales de la salud del país. A través de este Registro, la Superintendencia de Salud, por mandato de la ley, otorga al usuario fe pública acerca de la habilitación legal de los profesionales de la salud para ejercer sus respectivas profesiones, en virtud de ostentar sus respectivos títulos profesionales, así como sobre la certificación de las especialidades médicas y odontológicas, todo ello con el objeto de proporcionarles la información oficial y confiable para que adopten las mejores y más seguras decisiones al momento de requerir alguna consulta o prestación de salud. En que consisteLa Superintendencia de Salud pone a disposición de la ciudadanía el Registro de Profesionales de la Salud, herramienta que les permite consultar si una determinada persona está legalmente habilitada para ejercer su profesión en el país.
Al consultar el registro se obtienen los siguientes antecedentes del profesional de la salud:
Actualmente, están disponibles las etapa 1 y 2 del Registro, que contiene información sobre médicos cirujanos y cirujanos dentistas, enfermeros, matrones, tecnólogos médicos, psicólogos y kinesiólogos. ¿A quién está dirigido?Comunidad en general. RequisitosAcceso a internet. Documentos requeridosNo se requieren. CostoGratuito. ¿Dónde se realiza?Por internet en www.supersalud.gob.cl , opción Registro de Prestadores Individuales. Tiempo de realizaciónAcceso inmediato a la información. ResultadoAcceso al Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud que administra la Superintendencia de Salud. ¿Los Podólogos estan incluídos?Mediante Ordinario 327, la Superintendencia de salud dio respuesta a la inquietud de este Colegio referente a la incorporación de los podólogos en el "Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud", consignado en el D.S. N° 16, de 2007, la cual indica que los podólogos si estan incluídos en este Registro y que a partir del segundo semestre de 2010 año se comenzaron a realizar los convenios con los Secretarios Regionales Ministeriales de Salud y con los centros educacionales debidamente acreditados por el Ministerio de Educación a fin de que envién la información oficial y auténtica que de cuenta de los podólogos debidamente habilitados para ejercer tal profesión en el país, lista que será publicada a partir del 1° de julio del 2011 en el El Registro de Prestadores Individuales de Salud. ¿Qué efectos tiene para los profesionales estar incorporados en el Registro Nacional de Prestadores Individuales?La incorporación a este Registro Público no constituye un requisito para el ejercicio profesional. Sin embargo permite una acreditación expedita de su condición de profesional de la salud habilitado. Sin perjuicio de lo anterior, a partir de la entrada en vigencia de la Garantía Explícita de Calidad del Régimen GES/AUGE las prestaciones garantizadas por ese régimen sólo podrán ser otorgadas por profesionales que se encuentren incorporados en este Registro.
¿El Registro Nacional de Prestadores Individuales, le sirve a las o los pacientes?Sí. El paciente podrá adoptar decisiones más seguras respecto del profesional con el cual desea atenderse, dado que su incorporación al registro hace fe de su condición de profesional habilitado para el ejercicio de su profesión. Además, en el caso de médicos y odontólogos, el Registro da fe pública respecto de su condición de especialista o subespecialista.
¿Figura en este registro un profesional que se encuentre sancionado por la justicia?Fuente: Superintendencia de Salud, http://www.supersalud.gob.cl/ |